Todo documento que debe surtir efectos y tener validez en otro país, que no sea firmante del Convenio de la Haya, deberá legalizarse en distintas instancias hasta su paso final por el Consulado o Embajada del País destinatario del documento, radicado en España.

Nuestro equipo de profesionales se encarga desde hace más de 20 años de realizar este tipo de gestiones de una manera segura, rápida y eficaz. Estamos acreditados ante el Ministerio de Asuntos Exteriores y Cooperación y ante todas las Embajadas y Consulados ubicados en España.

¡Llámenos al 916389699 para recoger sus documentos y realizar la tramitación oportuna o solicite su presupuesto por email en internacional@urgestion.es o a través de nuestro Formulario.

Tenemos precios muy competitivos para empresas que necesiten recurrencia en este servicio.

Documentos de exportación

  • Certificados de Origen
  • Packing List
  • Facturas, etc.

MAEC – Cita Previa

Legalizamos documentos extranjeros en la Sección de Legalizaciones del Ministerio de Asuntos Exteriores y Cooperación

Títulos Universitarios

Títulos No Universitarios

Documentos Notariales

  • Escrituras
  • Poderes, etc.

Documentos Judiciales

  • Sentencias

Certificados del Registro Mercantil

  • Propiedad

Traducciones Juradas

Certificados de Registro Civil

  • Nacimiento
  • Matrimonio
  • Defunción
  • Fe de Vida y estado

Certificado de Penales

Certificados Médicos – Veterinarios

Certificado de empadronamiento

Adopción internacional

  • Tailandia
  • Vietnam
  • China
  • India, etc.

Cualquier otro Público o Privado

¿Qué es una legalización?

La legalización es un acto administrativo por el que se otorga validez a un documento público, comprobando la autenticidad de la firma puesta en un documento y la calidad en que la autoridad firmante del documento ha actuado.

¿Cuánto tarda la tramitación?

Dependerá del plazo establecido en cada organismo, eso sí, nuestro equipo trabaja para tramitarlo en el mínimo posible. Consúltenos.

¿Cuánto cuesta?

Dependerá del número de documentos que vayamos a legalizar y de los organismos a lo que acudiremos. La estampación correspondiente  ante nuestros organismos públicos será gratuita pero si se efectúa ante un Consulado o Embajada extranjero conllevará el pago de una Tasa.

Nuestros precios son muy competitivos, teniendo en cuenta la seguridad, rapidez y eficacia en la gestión. Solicítenos presupuesto.

¿Qué tipo de legalizaciones realizan?

Abarcamos todo el abanico de documentos que precisan de legalización, ya sean documentos extranjeros que deben surtir efectos en España como de documentos españoles públicos o privados que deben tener validez en otros países.

Realizamos las legalizaciones necesarias para que los Documentos de Exportación viajen correctamente: Certificados de origen, facturas de empresa, Packing List, Certificados de Libre Venta, Certificados Sanitarios, Veterinarios y una gran variedad de documentos comerciales.

Contamos con una amplia experiencia en preparación de expedientes para licitaciones internacionales o la presencia de la empresa internacionalmente.

Legalizamos su título universitario o no universitario, certificaciones o programas de estudios para que tengan validez en terceros países. Colaboramos con distintas Universidades Públicas y Privadas en la realización de estas gestiones.

Matrimonios en el Extranjero: Realizamos las gestiones necesarias en la legalización de documentos necesarios para llevar a cabo su celebración.

Tramitamos la legalización de los documentos que le piden para solicitar una pensión extranjera. Realizamos la cadena de legalizaciones necesarias en cualquier Adopción Internacional.

¿Para quién trabajan ustedes?

Damos apoyo tanto a empresas en su internacionalización como para cualquier persona expatriada o residente en el extranjero.  Colaboramos con Universidades Públicas y Privadas y grandes y medianas empresas.

¿Qué procedimiento debe seguir mi documento?

Dependiendo del tipo de documento, éste se legalizará de la siguiente manera:

Documentos Judiciales y del Registro Civil. Abarca los certificados de Nacimiento, Matrimonio, Defunción, Fe de Vida y Estado, certificados de capacidad matrimonial, Resoluciones judiciales, Sentencias, etc.  Estos documentos deberán legalizarse en los siguientes organismos:

Tribunal Superior de Justicia de la Comunidad Autónoma correspondiente; después ya en Madrid en el Ministerio de Justicia; a continuación en el Ministerio de Asuntos Exteriores y Cooperación para finalmente acudir al Consulado o Embajada en cuestión.

Documentos Notariales. Son aquellos en los cuales un notario actúa como encargado de dar fe pública. Hablamos de escrituras, actas, legitimaciones de firma, compulsas, certificaciones, Poderes, testimonios y un largo etcétera. Estos documentos deberán legalizarse en los siguientes organismos:

Colegio Notarial de Madrid; después en el Ministerio de Justicia, a continuación en el Ministerio de Asuntos Exteriores y Cooperación para finalmente acudir al Consulado o Embajada en cuestión.

Certificaciones del Registro Mercantil, Registro de la Propiedad o de Bienes Muebles  deberán legalizarse en los siguientes organismos:

En Madrid en el Colegio de Registradores; después en el Ministerio de Justicia; a continuación en el Ministerio de Asuntos Exteriores y Cooperación para finalmente acudir al Consulado o Embajada en cuestión.

Documentos expedidos por las Cámaras de Comercio. Son documentos relativos a exportaciones como son los certificados de origen, facturas de empresa, certificados de Libre Venta, Packing List, etc. deberán legalizarse en los siguientes organismos:

Consejo Superior de Cámaras de Comercio, ubicado en Madrid, a continuación en el Ministerio de Asuntos Exteriores y Cooperación para finalmente acudir al Consulado o Embajada en cuestión.

Documentos oficiales de enseñanza superior. Se contemplan Títulos Universitarios, certificados de estudios, programas de estudios, etc.  Deben legalizarse en los siguientes organismos:

En Madrid, en el Ministerio de Educación, Subdirección General de Títulos y Reconocimiento de Cualificaciones, a continuación en el Ministerio de Asuntos Exteriores y Cooperación para finalmente acudir al Consulado o Embajada en cuestión.

Si hablamos de Títulos no universitarios entonces el procedimiento sería el siguiente:

En Madrid, en el Ministerio de Educación, Servicio de Títulos y Convalidación de Estudios Extranjeros no universitarios, a continuación en el Ministerio de Asuntos Exteriores y Cooperación para finalmente acudir al Consulado o Embajada en cuestión.

Respecto de los Documentos oficiales de enseñanza no superior se deberán presentar a legalizar en los siguientes organismos:

Consejería de Educación correspondiente a la Comunidad Autónoma, a continuación en el Ministerio de Asuntos Exteriores y Cooperación para finalmente acudir al Consulado o Embajada en cuestión.

Las Certificaciones expedidas por la Agencia Tributaria se deben legalizar:

En Madrid, En la Oficialía Mayor del Ministerio de Hacienda, a continuación en el Ministerio de Asuntos Exteriores y Cooperación para finalmente acudir al Consulado o Embajada en cuestión.

Los Certificados de empadronamiento y documentos emitidos por las entidades locales, el procedimiento sería:

En Madrid, en el Ministerio de Política Territorial y Función Pública, a continuación en el Ministerio de Asuntos Exteriores y Cooperación para finalmente acudir al Consulado o Embajada en cuestión.

Documentos emitidos por el Servicio Público de Empleo Estatal y de las entidades de la Seguridad Social, como pueden ser un reconocimiento de desempleo o una vida laboral, se tendrán que legalizan en:

Ministerio de Trabajo, Migraciones y Seguridad Social, ubicado en Madrid, a continuación en el Ministerio de Asuntos Exteriores y Cooperación para finalmente acudir al Consulado o Embajada en cuestión.

Los documentos bancarios se deberán legalizar en:

Los Servicios Centrales del banco en cuestión, después el en Banco de España, a continuación en el Ministerio de Asuntos Exteriores y Cooperación para finalmente acudir al Consulado o Embajada en cuestión.

Los Certificados Médicos oficiales, ese impreso oficial de color amarillo emitido para este fin se debe legalizar ante el:

Consejo General de Colegios Oficiales de Médicos de España, ubicado en Madrid;  a continuación en el Ministerio de Asuntos Exteriores y Cooperación para finalmente acudir al Consulado o Embajada en cuestión.

En la emisión de certificados sanitarios lo normal es legalizarlos ante el:

Ministerio de Sanidad, Consumo y Bienestar Social, ubicado en Madrid, salvo que contengan productos alimenticios de origen animal que entonces el competente sería el Ministerio de Agricultura, Alimentación y Medio ambiente; a continuación en el Ministerio de Asuntos Exteriores y Cooperación para finalmente acudir al Consulado o Embajada en cuestión.

Las certificaciones de la Dirección General de Tráfico, su procedimiento será el siguiente:

En Madrid, en el Ministerio del Interior, a continuación en el Ministerio de Asuntos Exteriores y Cooperación para finalmente acudir al Consulado o Embajada en cuestión.

Las traducciones Juradas emitidas por un Traductor Jurado español, reconocido por el Ministerio de Asuntos Exteriores y Cooperación deben legalizarse de la siguiente manera:

En Madrid, en la sección de Legalizaciones del Ministerio de Asuntos Exteriores y Cooperación para después acudir al Consulado o Embajada en cuestión.

Las certificaciones emitidas por la Iglesia Católica se deberán legalizar en:

La Nunciatura Apostólica y/o de la Diócesis, a continuación en el Ministerio de Asuntos Exteriores y Cooperación para finalmente acudir al Consulado o Embajada en cuestión.