El trámite de apostillado de documentos consiste en colocar sobre un documento público, una Apostilla o anotación que certificará la autenticidad de la firma de los documentos públicos expedidos en un país firmante del Convenio de La Haya, de 5 de octubre de 1961.

Nuestro equipo de profesionales se encarga desde hace más de 20 años de realizar este tipo de apostillados de una manera segura, rápida y eficaz. 

¡Llámenos al 916389699 para recoger sus documentos y realizar la tramitación oportuna o solicite su presupuesto por email en internacional@urgestion.es o a través de nuestro Formulario.

Títulos Universitarios

Títulos No Universitarios

Documentos Notariales

  • Escrituras
  • Poderes, etc.

Documentos Judiciales

  • Sentencias

Certificados del Registro Mercantil

  • Propiedad

Traducciones Juradas

Certificados de Registro Civil

  • Nacimiento
  • Matrimonio
  • Defunción
  • Fe de Vida y estado

Certificado de Penales

Certificados Médicos – Veterinarios

Certificado de empadronamiento

Cualquier otro Público o Privado

¿Qué es una Apostilla?

Consiste en colocar sobre un documento público, una Apostilla o anotación que certificará la autenticidad de la firma de los documentos públicos expedidos en un país firmante del Convenio de La Haya, de 5 de octubre de 1961. Los documentos emitidos en un país firmante del Convenio que hayan sido certificados por una Apostilla deberán ser reconocidos en cualquier otro país del Convenio sin necesidad de otro tipo de autenticación. Este Convenio vino a suprimir la exigencia de Legalización de los Documentos Públicos Extranjeros que deban surtir efectos en otro país, firmante del mismo.

¿Cuanto tarda la tramitación?

Dependerá del plazo establecido en cada organismo, eso sí, nuestro equipo trabaja para tramitarlo en el mínimo posible. Consúltenos.

¿Cuánto me cuesta?

Dependerá del número de documentos que vayamos a apostillar y de los organismos a lo que acudiremos.

Nuestros precios son muy competitivos, teniendo en cuenta la seguridad, rapidez y eficacia en la gestión. Solicítenos presupuesto.

¿Qué tipo de apostillas realizan?

Abarcamos todo el abanico de documentos que precisan de su Apostillado:
Apostillamos cualquier documento expedido por un Registro Civil, como pueden ser los certificados de nacimiento, partidas de matrimonio, actas de defunción, Certificados de capacidad matrimonial, Fe de Vida y estado o resoluciones judiciales.

Apostillamos su título universitario o no universitario, certificaciones o programas de estudios para que tengan validez en el resto de países firmantes. Colaboramos con distintas Universidades Públicas y Privadas en la realización de estas gestiones.

Matrimonios en el Extranjero: Realizamos las gestiones necesarias para apostillar los documentos necesarios para llevar a cabo su celebración.

Documentos Notariales: Nos encargamos de apostillar cualquier documento Notarial, como pueden ser Escrituras, legitimaciones, testimonios y compulsas, Actas, Poderes, etc.

¿A qué documentos no aplica este Convenio?

No aplica a los documentos expedidos por las autoridades diplomáticas o Consulares, ni a los documentos administrativos relacionados directamente con una operación comercial o aduanera.

Tampoco aplicaría a los documentos que estén exentos de ser legalizados o apostillados en aplicación de otros Convenios Internacionales.

¿Qué procedimiento de apostillado debe seguir mi documento?

Dependiendo del tipo de documento, éste se Apostillará de la siguiente manera:

Certificaciones del Registro Mercantil, Registro de la Propiedad o de Bienes Muebles  deberán tramitarse en los siguientes organismos:

En Madrid en el Colegio de Registradores para su apostillado posterior.

Documentos oficiales de enseñanza superior. Se contemplan Títulos Universitarios, certificados de estudios, programas de estudios, etc.  Deben tramitarse en los siguientes organismos:

En Madrid, en el Ministerio de Educación, Subdirección General de Títulos y Reconocimiento de Cualificaciones para su apostillado posterior.

Si hablamos de Títulos no universitarios entonces el procedimiento sería el siguiente:

En Madrid, en el Ministerio de Educación, Servicio de Títulos y Convalidación de Estudios Extranjeros no universitarios para su apostillado posterior.

Respecto de los Documentos oficiales de enseñanza no superior se deberán presentar en los siguientes organismos:

Consejería de Educación correspondiente a la Comunidad Autónoma para su apostillado posterior.

Los documentos emitidos por una autoridad Consular su procedimiento sería:

En Madrid, en la sección de Legalizaciones del Ministerio de Asuntos Exteriores y Cooperación para su apostillado posterior.

Las Certificaciones expedidas por la Agencia Tributaria se deben tramitar:

En Madrid, En la Oficialía Mayor del Ministerio de Hacienda, para su apostillado posterior.

Los Certificados de empadronamiento y documentos emitidos por las entidades locales, el procedimiento sería:

En Madrid, en el Ministerio de Política Territorial y Función Pública, para su apostillado posterior.

Documentos emitidos por el Servicio Público de Empleo Estatal y de las entidades de la Seguridad Social, como pueden ser un reconocimiento de desempleo o una vida laboral, se tendrán que realizar en:

Ministerio de Trabajo, Migraciones y Seguridad Social, ubicado en Madrid, para su apostillado posterior.

Los documentos bancarios se deberán presentar  en:

Los Servicios Centrales del banco en cuestión, después el en Banco de España, para su apostillado posterior.

En la emisión de certificados sanitarios lo normal es tramitarlos ante el:

Ministerio de Sanidad, Consumo y Bienestar Social, ubicado en Madrid, salvo que contengan productos alimenticios de origen animal que entonces el competente sería el Ministerio de Agricultura, Alimentación y Medio ambiente para su apostillado posterior.

Las certificaciones de la Dirección General de Tráfico, su procedimiento será el siguiente:

En Madrid, en el Ministerio del Interior para su apostillado posterior.

Las traducciones Juradas emitidas por un Traductor Jurado español, reconocido por el Ministerio de Asuntos Exteriores y Cooperación deben legalizarse de la siguiente manera:

En Madrid, en la sección de Legalizaciones del Ministerio de Asuntos Exteriores y Cooperación para su apostillado posterior o bien mediante la legitimación notarial de su firma y su apostillado posterior.