Realizamos traducciones de cualquier documento y en cualquier idioma, ya sean Jurada o Simple.

Nuestro equipo realiza una comparativa con distintos traductores jurados para presentar distintos presupuestos en función de la necesidad de nuestro cliente, bien sea por tiempo, que precise una traducción urgente, bien sea buscando la mejor oferta económica.

En todo caso tendrá la seguridad de que está trabajando con profesionales de la materia. Nuestros traductores han superado las pruebas que se les exige por parte del Ministerio de Asuntos Exteriores y Cooperación. Algunos de ellos además son licenciados en traducción e interpretación o catedráticos en la materia.

¡solicite su presupuesto!

Documentos de exportación

  • Certificados de Origen
  • Packing List
  • Facturas, etc.

Documentos Notariales

  • Escrituras
  • Poderes, etc.

Títulos Universitarios

Certificados de Registro Civil

  • Nacimiento
  • Matrimonio
  • Defunción
  • Fe de Vida y estado

Certificado de Penales

Documentos Judiciales

  • Sentencias

Certificados del Registro Mercantil

  • Propiedad

Adopción internacional

  • Tailandia
  • Vietnam
  • China
  • India, etc.

Certificado de empadronamiento

Certificados Médicos – Veterinarios

Contratos

DNI / NIE / Pasaporte

Carnet de Conducir

Cualquier otro Público o Privado

Traducción de documentos extranjeros

Para la presentación, en cualquier organismo público español, de un documento extranjero escrito en un idioma distinto del español, será obligatorio presentarlo acompañado de una traducción jurada.

La traducción realizada por un traductor Jurado español firmada por él es reconocida a nivel nacional por cualquier organismo público español, sin que se deba realizar ninguna legalización posterior.

Nuestra Gestoría le traducirá el documento garantizando el mínimo plazo de tiempo.

Traducción de documentos españoles que surtirán efectos en el extranjero

Si debe presentar documentos españoles, escritos en castellano o en cualquier lengua oficial española, ante un país tercero podrá realizar la traducción de dos maneras:

1.- Realizarla en España por un Traductor Jurado español

De esta manera el documento original y la traducción pueden ser legalizados por los organismos españoles competentes, así como por la Embajada o Consulado correspondiente para que surtan efectos en dicho país.

Como sabe además nuestra Gestoría presta este servicio de Legalización diplomática.

2.- Realizada en el país de destino del documento

De esta manera deberá confirmar en el país de destino del documento que requisitos le pondrán a la traducción que va a realizar allí. En lo que deberá preocuparse es en que el documento español viaje correctamente legalizado o Apostillado. Como sabe nuestra Gestoría presta este servicio deLegalización diplomática.

En el caso de que dichas traducciones deban surtir efectos en el extranjero, se las podemos Apostillar o legalizar ante el Ministerio de Asuntos Exteriores y Cooperación y ante la Embajada o Consulado correspondiente, siempre acompañadas de los originales y siempre garantizando el plazo más rápido de tiempo.​

¿Cuándo una traducción es Jurada?

Es aquella realizada por un traductor que ha superado con éxito las pruebas a las que les somete el Ministerio de Asuntos Exteriores y Cooperación. Demuestra la capacidad del traductor y su reconocimiento público. Los Traductores-Intérpretes Jurados pueden certificar con su firma y sello la fidelidad y exactitud de sus actuaciones, empleando la fórmula que a tal efecto dicte el Ministerio.

La traducción de un documento extranjero firmada por él es reconocida a nivel nacional por cualquier organismo público español, sin que se deba realizar ninguna legalización posterior. (Por ejemplo son las que se precisan para cualquier trámite jurídico, civil, de extranjería, etc. (ejemplo Residencia, nacionalidad, reagrupación…). Eso si, el documento original extranjero del que han traducido si debe venir correctamente legalizado del país de origen.

La traducción de un documento español que va a surtir efectos en el extranjero debe ser obligatoriamente Jurada porque se debe Apostillar o legalizar de manera correcta para que surta efecto en el país de destino.